Estaba en discusión una banca en la Cámara Baja.
La jueza Federal María Servini hizo lugar a un amparo para que se cumpla la Ley Nacional de Paridad de Género, y de esta forma dispuso que ante la renuncia de la diputada Anabella Hers Cabral (Ciudad de Buenos Aires), su reemplazo debe ser una mujer, según el orden de la lista de Cambiemos que ganó el 25 de octubre de 2015, y no Jorge Garayalde, quien le seguía en el orden, supo ANÁLISIS. El amparo había sido presentado por Malena Galmarini, Marcela Durrieu y Micaela Ferraro, pidiendo que la Cámara “se abstenga de tomar juramento y poner en funciones” a Garayalde. También solicitaron que la reemplazante de Hers Cabral sea la siguiente candidata mujer de la lista respectiva, y que se decretara “la prohibición de innovar en la materia”.
A través de su apoderado, Diputados respondió a la justicia pidiendo “una declaración de certeza sobre el candidato/a que debe asumir”, y que resuelva la cuestión “con máxima premura posible a fin de asegurar la normal integración del cuerpo y de sus bloques políticos, y la regularidad en la actividad parlamentaria del Honorable Congreso de la Nación”.
En tanto, desde Cambiemos, los apoderados Claudio Romero y Santiago solicitaron “el rechazo de la acción interpuesta alegando la falta de legitimación de las presentantes. Asimismo expresan que la vía intentada no es la idónea y sin perjuicio de ello expresan que el Sr. Jorge Mario Garayalde es quien sigue en el orden aprobado por la Junta Electoral y a él es a quien el elector le ha confiado su voto en el supuesto de tener que tomar un lugar en la Cámara de Diputados”.
Al momento de resolver la cuestión, Servini sostuvo que “entre dos soluciones posibles, debe procurarse aquella que garantice el adecuado equilibrio entre mujeres y hombres en la composición del cuerpo legislativo. Disponer lo contrario implicaría en los hechos una disminución en el porcentaje de la representación de las mujeres en el Parlamento vulnerando el accionar progresivo de la legislación cuya finalidad no fue otra que dar cumplimiento al mandato constitucional en pos de la igualdad real de oportunidades para el acceso a cargos electivos, removiendo de esa forma los obstáculos que permitan una mayor participación de la mujer en los ámbitos de las decisiones políticas”.