Un negocio redondo

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Los entretelones de la expropiación de la casa de Fray Mocho

Claudio Cañete

Los actuales propietarios de la casa que perteneció a José Sixto Álvarez, conocido como Fray Mocho, recibirán en concepto de expropiación aproximadamente 200.000 pesos, por un inmueble que originariamente compraron en 40.000. La modesta casa del célebre fundador de la revista Caras y Caretas es muy sencilla y está en muy mal estado de conservación, lo que obligará al gobierno provincial a desembolsar una cifra similar a la expropiación para restablecerla. La Comisión Nacional de Patrimonio Histórico radicó una denuncia en contra de los actuales dueños ya que habría pruebas de que realizaron demoliciones en este predio declarado monumento histórico nacional. Pero la acción fue desestimada por la jueza María Angélica Pivas. ANALISIS presenta en este informe lo que le costará al pueblo entrerriano recuperar este valioso bien de la cultura entrerriana.

Seguramente dentro de muy poco el Estado provincial anunciará que recuperó para el patrimonio público la casa de José Sixto Álvarez, que trascendió a la historia de la cultura argentina bajo el seudónimo de Fray Mocho, fundador de la revista Caras y Caretas. Pero este logro le va a costar caro al pueblo entrerriano, ya que el gobierno deberá desembolsar a sus actuales propietarios la suma de 170.000 pesos y deberá gastar otra cifra similar en concepto de restauración y puesta en valor de esta sencilla vivienda ubicada en la calle Fray Mocho 135 de la ciudad de Gualeguaychú. Lo cierto es que su traspaso a manos de la provincia es un hecho cultural importante pero paradójicamente un gran negocio para otros.

En septiembre de 2003 la arquitecta Lilia Santiago, en representación de la Comisión Nacional de Patrimonio Histórico, radicó una denuncia penal en el Juzgado de Instrucción número 2 de Gualeguaychú contra la abogada Ángeles Faué. La razón es que, según pruebas que aportó Santiago, la abogada y su esposo, el fiscal Jorge Torres, no preservaban debidamente un inmueble de su propiedad: la casa de Fray Mocho. El matrimonio compró la finca hace unos años, cuando uno de los descendientes del recordado periodista y escritor la puso a la venta. Lamentablemente, aquella vez el Estado provincial no tuvo los suficientes reflejos para sumar esta construcción de real importancia histórica al patrimonio público. En definitiva, perdió una oportunidad de evitar que manos privadas decidieran la suerte de la casa, sin que nadie tuviera derecho a intervenir. Las pruebas aportadas por Santiago demuestran fehacientemente que la vivienda sufrió la demolición de dependencias de servicio, ubicadas en la parte trasera, acciones que no están permitidas ya que el inmueble fue declarado monumento histórico nacional por Ley 25.386 el 30 de noviembre de 2000, monumento histórico provincial por decreto 4.735 el 13 de octubre de ese mismo año y también monumento histórico a nivel municipal.

El Juzgado de Instrucción Número 2 estaba a cargo de la doctora Angélica Pivas, que sorprendentemente desestimó la denuncia por considerar que el hecho “no era un daño a la sociedad”, expresión que recordó puntualmente Santiago en diálogo con ANALISIS. En tanto, la abogada Faué adujo que desconocía los impedimentos para realizar modificaciones en propiedades privadas consideradas monumentos históricos, a pesar de su condición de letrada. Los trámites y reclamos por parte de la Comisión Nacional de Patrimonio Histórico los continuó el doctor Arturo Curi, de Concepción del Uruguay.

Por aquellos años en que fue vendida la casa pasó varios meses con el tradicional cartel de “en venta”. Esto preocupó a la sociedad local, que especulaba con que, por su evidente mal estado, si le tocaba en suerte un propietario poco apegado a la historia y al valor patrimonial, cuanto menos la haría demoler, ya que es una construcción bastante deteriorada.

(Más información en la edición gráfica de ANALISIS de esta semana)

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