Federico Malvasio
Los susurros de un adelantamiento de las elecciones alertaron al mundillo político y su dirigencia. Sobre todo al radicalismo, partido que suele elegir sus candidatos en internas.
La semana pasada, ex convencionales de la UCR se presentaron en la Justicia con la intención de que se declare inconstitucional la Ley 9.659, conocida como ley Castrillón, que impone el sistema de internas abiertas, primarias y obligatorias. Fabián Rogel, Juan Carlos Arralde y Luis Brasesco firmaron la presentación realizada a través de la vía procesal de acción popular.
La norma cuestionada lesionaría el artículo 29 de la carta magna provincial, que reconoce y regula el funcionamiento de los partidos políticos en Entre Ríos.
En el escrito se observa y se impugna que: 1º.- Obliga a los candidatos a cargos públicos provinciales de todos los partidos políticos a someterse a elecciones internas abiertas un mismo y único día; 2º.- Exime de tal obligación a los partidos, confederaciones o alianzas que presenten una lista única; 3º.- La convocatoria y fecha de la elección interna e impresión de las boletas de sufragio son actos monopolizados por el Poder Ejecutivo; 4º.- Fija un procedimiento complejo de presentación de listas, adhesiones, observaciones y resolución de impugnaciones, proclamación y su oficialización final entre las autoridades de cada partido y el Tribunal Electoral Provincial; 5º.- Establece el sistema de voto optativo no obligatorio para el ciudadano; 6º.- Habilita a los afiliados de cualquier partido político a sufragar en la elección interna del partido que desee.
Lo cierto es que los radicales se encargaron de hacer saber que la errónea norma ha querido ser derogada por los mismos justicialistas. Ya después de ser utilizada, claro.
Pasos truncos
Los diputados peronistas Hugo Vázquez, Eduardo Jourdán y Patricia Díaz presentaron una iniciativa el 27 de diciembre de 2007. En ese momento, alineados a Sergio Urribarri en el marco de la interna justicialista, los legisladores confeccionaron un proyecto de ley donde en el primer artículo se deroga la existente redactada por el actual vocal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), Emilio Aroldo Castrillón.
En el texto de los diputados se establece que “cada partido realizará sus elecciones internas con una antelación no menor a 60 días corridos y no mayor a 90 días corridos del acto eleccionario general”. La convocatoria de las internas –según el artículo 4- se efectuará “con una antelación de 90 días a la fecha de realización de las mismas”.
En referencia a las elecciones de las autoridades partidarias, el proyecto establece que se regirán por la respectiva carta orgánica partidaria y “subsidiariamente por esta ley y, en cuanto fuera aplicable, por los preceptos de la Ley Electoral de la provincia”.
En los fundamentos, los legisladores coincidieron con los radicales en que la Ley 9.659 que implementó el sistema de elecciones internas abiertas y simultáneas “ha tenido como resultado una degradación de la vida interna de los partidos políticos”. Es así que se debe volver “a las elecciones internas de afiliados”.
(Más información en la edición gráfica de ANALISIS de esta semana)