La ley, la conciencia y el derecho

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Debate sobre el aborto

Federico Malvasio

Otro tema de profunda importancia para la sociedad asoma en el Congreso de la Nación: el aborto. Según trascendió en medios nacionales, en ambas cámaras legislativas se empezará a discutir el próximo mes. En Paraná, los reaccionarios se adelantaron y ya mostraron sus dientes a 15 días de que esta capital reciba a 25.000 mujeres para debatir, entre otras cosas, sus derechos de decidir sobre sus cuerpos.

El punto más importante de la reforma al Código Penal es la legalización del aborto cuando tiende a “evitar un peligro para la salud o la vida” de cualquier mujer. La primera distinción con lo ya establecido en la letra penal, es que no sólo se contemplarían los riesgos físicos sino también los psíquicos y los sociales. Pero ese tipo de trances deberán ser avalados por cualquier profesional matriculado de la salud, “distinto del que practique o dirija la intervención”, y “en ningún caso se requerirá la opinión de un comité de ética”.

Una de las iniciativas que suma adhesiones de diferentes fuerzas parlamentarias apunta a flexibilizar las causas que posibilitan los abortos no punibles: léase la habilitación para que cualquier mujer interrumpa su embarazo, hasta los tres meses de gestación, de modo de evitar así que corran riesgos su salud física, psíquica y social. Estos dos últimos aspectos no están contemplados actualmente por la normativa vigente.

“El concepto de salud será interpretado de manera integral como el estado completo de bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de enfermedad”, dice textualmente el proyecto que se debatirá en el Senado.

Otros dos proyectos sobre despenalización del aborto estarán también en la mesa de debate. Por un lado, se analizará la modificación propuesta por la formoseña Adriana Bortolozzi, que apunta a legalizar la interrupción de embarazos en todos los casos de violaciones.

La redacción actual del Código Penal tiene diferentes interpretaciones: quienes se ciñen a la letra del artículo 86, que remite a no castigar los abortos que se realicen en personas dementes o idiotas que hayan sido violadas; y los que consideran que la interpretación debe ser más amplia, es decir, que incluya a cualquier mujer cuyo embarazo haya sido producto de una violación.

(Más información en la edición gráfica de ANALISIS de esta semana)

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