El detalle del pedido de nulidad para la condena contra Vitale

Edición: 
1083
Robo de armas en Tribunales

Juan Cruz Butvilofsky

El tribunal compuesto por María Carolina Castagno, José María Chemez y Cristina Van Dembroucke, condenó al experito balístico del Superior Tribunal de Justicia (STJ) Antonio Vitali. La pena fue de 12 años por los delitos de amenaza simple, peculado, sustracción de objetos destinados a servir de prueba en la modalidad de delito continuado, la provisión ilegal de armas de fuego agravada por la habitualidad (en calidad de coautor), todos en concurso real. Es decir, los jueces confirmaron que Vitale sustraía las armas que eran recolectadas en distintas causas judiciales, para luego venderlas a personas que no podían acceder legalmente a las mismas. Todo esto con la colaboración de otros responsables.

En oposición a esto, los abogados defensores de Vitale presentaron un recurso de casación con el objetivo de echar por tierra la sentencia contra el experito. Damián Petenatti e Iván Vernengo hicieron la presentación pertinente en los días siguientes a conocerse la sentencia, dentro de los diez días de plazo que le impone el Código Procesal Penal de Entre Ríos.

ANÁLISIS accedió al detalle del recurso presentado por la defensa de Vitale: “Luego de analizar solamente los testimonios de cargo aportados por la Fiscalía, pero obviando considerar y tratar los principales argumentos favorables al imputado, el Tribunal acude a un modo absolutamente errático para intentar fundamentar una sentencia de condena, mediante la cual descarta la defensa técnica desarrollada, recurriendo a argumentos que enrolan al Tribunal en un análisis completamente sesgado y parcializado de la prueba, acudiendo inclusive a tergiversar declaraciones testimoniales, viéndose vulnerado de esta manera el Estado de Inocencia de nuestro defendido, por haberlo declarado culpable sin la convicción positiva razonada que exige una sentencia de condena”.

Según los abogados defensores, en el fallo hubo prejuzgamiento y una parcialidad manifiesta por parte de dos de los magistrados que resolvieron el caso. Más precisamente puntualizaron en los jueces Chemez y Castagno. Todo se centra en una prueba de la Fiscalía -integrada por Fernanda Rufatti, Ignacio Aramberry y Juan Malvasio- que no era más que un expediente de otra causa, de similares características, en la cual Vitale estaba procesado. “En dicho expediente la defensa interpuso un recurso de apelación contra el procesamiento, el que llegó a la Sala I de la Cámara Penal el 3 de octubre del 2017 (…)La Sala resolvió la apelación el 21 de marzo de 2018. Ahora bien, esta defensa de Vitale nunca fue notificada ni de la composición del tribunal que debía resolver la apelación ni de la sentencia respectiva (…) Con absoluta sorpresa nos anoticiamos que dos de los vocales que decidieron el recurso de apelación, Dr. Chemez y Dra. Castagno, son los mismos que intervinieron en el debate y luego condenaron a Vitale”, expresó el recurso presentado.

El planteo de los defensores se basa en dos cuestiones: en primer lugar, que mientras Chemez y Castagno (junto a Van Dembroucke ) estaban juzgando a Vitale en el juicio que luego derivó en la condena de 12 años, los mismos magistrados resolvían rechazar la apelación de Vitale en la otra causa de similares características.En segundo lugar, polemizaron sobre la interpretación que había realizado la justicia sobre el testimonio de Natalia Giménez.

(Más información en la edición gráfica número 1083 de la revista ANALISIS del jueves 9 de agosto de 2018)

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