El juez de Instrucción Federal N°2, Daniel Alonso, sobreseyó a Marcos Troner -hermano de la exconcejal Adriana Torner- por los presuntos delitos de usurpación de título de venta de sustancias medicinales y venta de productos medicinales sin estar autorizado. La Fiscalía Federal recurrió esa decisión y ahora se espera una definición. La causa está en una especie de nebulosa, producto de un inimaginable inconveniente técnico.
Natalia Buiatti
Que la realidad supera la ficción es un enunciado que no suele cosechar cuestionamientos, ni confrontaciones, ni polémica. Es una proposición obvia, evidente, que no requiere demostraciones ni ensayos académicos. El axioma se confirma cada vez que algún hecho sólo posible en el mundo imaginario, tiene tiempo y espacio en el mundo material. Y esta noticia sobre el estado de nebulosa o stand by en la que se encuentra la causa por una supuesta droguería ilegal en Paraná, podría tener una correspondencia con el enunciado de arriba.
El estado de situación es tal: la causa caratulada “Torner Marcos Benito s/usurpación de título – venta de sustancias medicinales sin receta”, que se tramita en la Justicia Federal de Paraná, tuvo citación a juicio el 10 de noviembre de 2020. El 7 de abril del 2021 se presentó en el Juzgado un ofrecimiento de prueba. En rigor, ese paso se dio por fuera de los tiempos que establece el código procesal. Unos cinco días después de concluido el plazo. Ese es el exceso de tiempo. Y ese ofrecimiento de prueba por fuera de los límites que establece el Código Procesal Penal Federal, motivó una decisión que hasta ahora se parece mucho a un punto y final de la investigación, o a la suspensión de la misma.
Sobreseimiento
La primera semana de septiembre, más precisamente el martes 6, el juez de Instrucción Federal N°2, Daniel Alonso, determinó el sobreseimiento de Marcos Torner. ¿Con qué fundamento? El magistrado argumentó falta de prueba. ¿Pero de verdad no hay prueba para ofrecer en un hipotético juicio? Leandro Ardoy, que se hizo cargo de las causas que llevaba el fiscal interino Carlos García Escalada -fallecido en julio pasado-, confirmó que cuando la acusación pública advirtió una cuestión técnica y el exceso en los plazos procesales, se intentó subsanar el error. Dijo que el ofrecimiento de prueba se hizo igual al Juzgado, aunque estuviera fuera del tiempo estipulado por el Código Procesal Penal Federal.
(Más información en la nota de la edición gráfica número 1124 de la revista ANALISIS del jueves 16 de septiembre de 2021)