Revocan el sobreseimiento de cinco “dueños del fuego” del Delta

La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná revocó la medida que desvinculaba a 5 de 13 imputados en la causa penal iniciada por los incendios en el Delta, ocurridos durante 2020. Los acusados habían sido beneficiados por el titular del Juzgado Nº 2 de Paraná, Daniel Alonso, por entender que no había elementos suficientes para continuar con las acusaciones. Según se explicó a ERA Verde, la medida fue apelada por la Fiscalía de Victoria, que lleva adelante la investigación, a la cual adhirió la querella impulsada por la Municipalidad de Rosario y la Unidad de Información Financiera (UIF). Es así que los vocales hicieron lugar al pedido del Ministerio Público, al tiempo que aconsejaron reconducir el proceso hacia una imputación de las responsabilidades por los hechos de tipo doloso o imprudente.

En una resolución dada a conocer este 18 de diciembre, los camaristas Federales Mateo José Busaniche, Cintia Graciela Gómez y Beatriz Estela Aranguren, decidieron hacer lugar al recurso interpuesto por el Fiscal General Federal, Ricardo Carlos María Álvarez, que solicitó la revocatoria del sobreseimiento de Enzo Vignale, Esteban Morist, Raúl Morist y Rachinsky, Julián Luraschi y José María Vincenti. Se trata de cinco de los 13 imputados en la causa penal iniciada por la Municipalidad de Rosario por los incendios en el Delta. Los acusados fueron vinculados por ser los titulares registrales de los campos donde se produjeron las quemas cuya humareda cubrió de humo y cenizas una vasta región del sur de la provincia de Entre Ríos y Santa Fe, incluso llegando a la ciudad de Buenos Aires.

Se trata de una causa “compleja” –tal como la calificó el último tribunal interviniente–, en la que se trata de dilucidar las responsabilidades por los focos ígneos generados entre marzo y septiembre de 2020. En este expediente, entre octubre y los primeros días de diciembre de este año, los imputados fueron llamados a declaración indagatoria. Entre ellos están estos cinco involucrados, que fueron sobreseídos por el juez Federal Nº 2 de Paraná, Daniel Edgardo Alonso, en una decisión que ahora la Cámara de Apelaciones revocó. También se encuentran implicadas otras dos personas que por cuestiones de salud no están en condiciones de presentarse y otras más que directamente no acudieron ni justificaron su ausencia, comentó la secretaria a cargo de la Fiscalía Federal de Victoria, Roxana Luggren. La responsable de llevar adelante la investigación explicó que por esta situación reiteró el pedido de comparecencia, al tiempo que continúan con las medidas de recolección de pruebas.

Detalles

Luego del sobreseimiento de los “dueños del fuego”, el Ministerio Público Fiscal apeló la medida, a la que adhirió la Municipalidad de Rosario y la Unidad de Información Financiera (UIF) como partes querellantes. En su momento el juez Alonso entendió que no estaban dados los presupuestos para sostener la acusación que pueda vincular a los imputados por cometer delitos “de propia mano”. Esto es de “incendio generando peligro común para los bienes y/o peligro de muerte para las personas”, así como “el “entorpecimiento del normal desenvolvimiento de los transportes por tierra, agua y/o aire” y el “haber contaminado la atmosfera o el ambiente en general mediante residuos peligrosos”. Por el contrario, en los fundamentos de Busaniche –al que adhieren Gómez y Aranguren–, se entiende que no hay “certeza negativa” que permita afirmar que los imputados son ajenos a los hechos. En esto, el fiscal General resaltó que se encuentra acreditado que, al momento del inicio de los incendios, los acusados eran los titulares de los predios donde se constataron los focos ígneos, no habiendo “contradicción al respecto”, se asienta en el escrito.

La Cámara de Apelaciones hace lugar al recurso interpuesto por la Fiscalía de Victoria, la Municipalidad de Vitoria y la UIF, y también entiende que la causa debe continuar, pero conduciéndose en un tipo de imputación de tipo penal culposo o imprudente, en lugar del ser doloso. En este sentido, se plantea que, de acuerdo a la prueba, se está en mejores condiciones de probar que los hechos existieron, y que en este sentido se obró. Se atiende que no se trata de “peligros abstractos”, sino que “en este caso se verificaron”. En este sentido apuntó que “no puede desdeñarse” la clara presencia de “la lesión de los objetos afectados por los hechos del caso”, así como “la vía adecuada no puede ser un sobreseimiento, sino la reconducción normativa adecuada para ajustar la nueva y necesaria intimación de los hechos frente a esa renovada mirada atributiva”. Esto es que la vía más acertada se probar los hechos por culpa, imprudencia, inobservancia u omisión respecto a lo que se debió hacer, más allá de los factores externos que coadyuvaron al fuego.

Los vocales señalan que, de todos modos, es “necesario ahondar en la investigación en orden a esclarecer los extremos fácticos atribuidos a los imputados”. En esta tarea, la secretaría a cargo de la Fiscalía de Victoria, Roxana Luggren, apuntó que se encuentran trabajando en pericias informáticas vinculadas a registros de telefonía celular. Independientemente que estas labores continúan, las defensas poder recurrir a Casación en queja por la decisión de la Cámara y de este modo revertir en un futuro un posible auto de procesamiento que permita elevar la causa a juicio oral.

(ERA Verde)

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Por Néstor Banega
Por Liliana Herrero (*)  
Imagen de archivo de la Cámara de Diputados de la Nación.

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