Viaje al fondo de los fantasmas

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Más de un centenar de desaparecidos o asesinados por la dictadura figuran en los padrones y están en condiciones de votar

Juan Cruz Varela

Ante la proximidad de las elecciones, el fantasma del fraude siempre aparece sobrevolando la escena. Documentos mellizos o apócrifos, muertos que se levantan de sus tumbas para ir a votar y ciudadanos ultra longevos son algunas raras características que se presentan. Un relevamiento de ANALISIS detectó además que sobre un total de 162 personas que integran el listado de desaparecidos o asesinados por la dictadura, 103 aparecen en los padrones y están habilitados para votar en las elecciones del 28 de octubre. La nómina incluye a los entrerrianos pero también a aquellos que fueron desaparecidos o asesinados en la provincia. El secretario electoral Gustavo Zonis reconoció la irregularidad e inclusive agregó que en los padrones figuran personas fallecidas y otras con más de 100 años, aunque responsabiliza por ello a la burocracia de la Ley Nacional de Identificaciones, pero aseguró que “no es tan importante que haya muertos en el padrón como lo es que ninguna persona fallecida vote”. A casi 25 años de la reinstauración de la democracia, el Estado sigue en deuda con su propia historia.

Ochocientos setenta y un mil doscientos once entrerrianos estarán en condiciones de votar el próximo domingo, que representan el 3,2 por ciento del padrón nacional. De ellos, 446.113 son mujeres y 425.098 son hombres. Unos 40.000 son jóvenes que podrán emitir su sufragio por primera vez. Hay 39 que están desaparecidos o fueron asesinados por la última dictadura militar y 64 figuran en los padrones de otros distritos del país. Evidentemente, los registros tienen alguna falla, y aunque esto no implica necesariamente que se pueda cometer un fraude, al menos facilita la trampa.

Aunque han pasado casi cinco lustros desde el retorno de la democracia y que se han sucedido 12 elecciones nacionales, un plebiscito y un comicio desdoblado en la provincia, hay algunas cosas que no dejan de sorprender. Es común la aparición de personas de más de 100 años y hasta varias personas que comparten el mismo número de documento. Pero un dato más llamativo aún fue la detección de más de un centenar de entrerrianos desaparecidos o asesinados durante la dictadura engrosando los padrones, entre ellos, algunos que han sido reconocidos como tales por el propio Estado a través de las normas por las cuales se crea la figura del “ausente por desaparición forzada” y la que establece una reparación patrimonial para esos casos.

Y si los desaparecidos aparecen en los padrones con los datos de los domicilios de los que fueron arrancados violentamente es porque el Estado no ha sabido cambiar ese registro de vivienda ni aplica en toda su extensión la ley por la cual se creó la figura de la desaparición forzada.

Los padrones son elaborados por la Justicia Electoral y el encargado en la provincia, Gustavo Zonis, reconoce que los registros arrastran a personas fallecidas, otras con más de 100 años y no se sorprende ante la revelación de que también incluye a personas asesinadas por la dictadura. En diálogo con este semanario, explicó que “hay diversos elementos para la confección de las planillas, y el principal es una ficha del Registro Civil que a su vez es comunicada por el Registro Nacional de las Personas. Ese es el defecto que tiene la Ley Nacional de Identificaciones, creada en la dictadura militar para ser el control del factor humano nacional, que además es una ley que le falta el respeto al ciudadano, porque establece un procedimiento de triangulación verdaderamente burocrático, según el cual uno realiza un cambio de dato en su filiación en el Registro Civil de su localidad y eso viaja 500 kilómetros a Buenos Aires, ingresa en un inmenso edificio que se llama Registro Nacional de las Personas y puede terminar flotando en los sótanos inundados, pero no llegando nunca acá. De manera que cualquiera de esas irregularidades puede ocurrir. El Registro Nacional de las Personas es un organismo que funciona bien mal, y los Registros Civiles también”. Sin embargo, Zonis aclaró que “si cualquiera de esas personas continúa figurando en los padrones es porque nosotros no tenemos otra posibilidad de sacarla que el documento del Registro Nacional de las Personas, que establece que será dada de baja en esas circunstancias. También hay veces en que las comunicaciones sobre cambios en los datos filiatorios de los ciudadanos llegan mal o directamente no llegan a la Secretaría Electoral, entonces es muy probable que aún hechas las partidas de defunción o de presunción de fallecimiento no haya llegado la información, y no se puede borrar a ninguna persona sin esa documentación”.

Para el gobierno, en cambio, el problema está en las leyes. Hace unos días, el director nacional electoral, Alejandro Tullio, afirmó que hay que cumplir demasiados requisitos para remover de las listas a una persona fallecida: “Con un certificado de defunción debería ser suficiente para dar de baja a alguien, pero la ley establece lo contrario”, aunque también dijo que “los magistrados tienen las herramientas para depurar los padrones. Si no las quieren usar, yo no me puedo meter. Los jueces podrían declarar inconstitucional la norma por ser imposible de cumplir, y borrar a la persona que murió”. Es decir, el gobierno, en lugar de cambiar las leyes para hacerlas más eficientes, pretende que los jueces las violen. Entonces, Zonis insiste en que “si una persona falleció y no se ha recibido la comunicación en la Secretaría Electoral, difícilmente pueda sacarla del padrón”, pero propone que “debe llegar el momento en que el padrón se haga por telemática, ya no desde el Registro Nacional de las Personas, sino por una comunicación directa del Registro Civil de la provincia a la Secretaría Electoral en el preciso instante en que un ciudadano realiza el cambio de dato filiatorio”.

(Más información en la edición gráfica de ANALISIS de esta semana)

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