La Corte rechazó un recurso de Escobar Gaviria contra un fallo del STJ

En una decisión conocida este miércoles, la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió rechazar un recurso interpuesto por la defensa del cura Juan diego Escobar Gaviria, condenado a 23 años de cárcel por abuso y corrupción de menores.

Así, la Corte resolvió, en un fallo firmado por los 4 ministros: “Se rechaza por falta de sentencia definitiva el recurso interpuesto por el imputado contra la decisión del STJ de Entre Ríos que revocó parcialmente la condena (25 años de prisión por corrupción de menores agravada por ser encargado de la guarda reiterada y abuso sexual agravado por comisión por ministro de culto), eliminando el abuso sexual agravado y reenviando para nueva pena”, supo ANÁLISIS.

El caso

En junio del año pasado el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguay fijó en 23 años la prisión efectiva para Escobar Gaviria, condenado en 2017 por corrupción de menores, hechos cometidos mientras estuvo destinado en Lucas González, en el departamento Nogoyá, entre 2005 y octubre de 2016. El sacerdote cumple la pena en la Unidad Penal de Victoria.

El Tribunal que emitió la resolución estuvo integrado por los camaristas María Carolina Castagno, Mariano Caprarulo y Fernando Martinez Uncal.

Se trató de una reducción de dos años de la pena impuesta el 6 de septiembre 2017 por el mismo Tribunal -con otra integración de jueces-. Entonces, el cura había sido condenado a 25 años de cárcel por haber abusado a cuatro menores. En tres casos se lo acusó de promoción de la corrupción de menores reiterada, agravada por su condición de guardador; y en uno por abuso sexual simple agravado por ser cometido por ministro de culto.

Sin embargo, en octubre de 2020 la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) hizo lugar a un recurso extraordinario presentado por los defensores del cura y revocó parcialmente el fallo, publicó entonces Entre Ríos Ahora.

El máximo tribunal provincial dispuso «absolver» al sacerdote por uno de los cuatro hechos por los que fue condenado, un abuso sexual simple, por cuanto la víctima no declaró en el juicio -estaba bajo tratamiento médico durante el tiempo en que se desarrolló el debate- y ordenó devolver el expediente al Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay para que emita una nueva condena.

Tras varias audiencias aplazadas, finalmente el Tribunal de Gualeguay escuchó la petición de la Fiscalía y la defensa el martes 14 de junio del año pasado. En aquella audiencia, el representante del Ministerio Público Fiscal, Rodrigo Molina, planteó que al cura se lo debía condenar a 24 años -redujo apenas un año la pena impuesta en 2017- en tanto que el defensor Milton Urrutia consideró que debía aplicársele una rebaja de 20 años, y condenarlo sólo a 5 años de cárcel.

Según Urrutia, la condena no incluye el agravante de ser ministro de culto. «El agravante por ser cura sólo estuvo en un hecho, el que fue anulado por la Sala Penal. Ahora, la condena quedaría sólo con el agravante de su calidad de guardador. Entonces la pena se reduce sensiblemente», razonó.

Finalmente, en agosto del año pasado, la defensa recurrió la condena y llegó a la Cámara de Casación Penal de Paraná para que revisen el fallo.

En ese contexto, ahora se expresó la Corte, rechazando el recurso por falta de sentencia definitiva.

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