Gualeguaychú: desviaron el río en un nuevo escándalo por country fluvial Amarras

Altos de Unzué SA es una empresa inmobiliaria condenada por la Justicia a recomponer el daño en un sector de humedales en Gualeguaychú, donde comenzó a construir un barrio náutico.

Para cumplir con la pena presentó un plan de remediación que fue aprobado por el área de Ambiente de Entre Ríos, pero el trámite no ingresó al Juzgado Civil y Comercial Nº 3 de la jurisdicción, donde se dirime la cuestión. Esta situación fue reclamada por los demandantes y solicitaron una medida de no innovar sobre la supuesta compostura. Entre tanto, las tareas en el lugar comenzaron.

Según informó ERA Verde, la suspensión fue admitida, pero la resolución judicial llegó tarde, ya que la firma en su “reparación” logró abrir un canal artificial que une el loteo con el río Gualeguaychú, en su plan de consumar un acceso de lanchas de lujo y yates a los futuros chalet el country fluvial.

Ante la alteración del curso de agua, la Municipalidad pidió medidas urgentes para frenar todo este desmadre, pero según señalaron, hasta ahora no hay certezas que el movimiento de máquinas haya cesado.

Este jueves 10 de agosto, la Municipalidad de Gualeguaychú dio a conocer una comunicación oficial, donde señaló que peticionó a la Justicia para que “intervenga de manera urgente e inmediata ante el avance de las obras en Amarras de la ciudad de Pueblo Belgrano”. El anuncio se refiere al country fluvial con el nombre comercial que construye la empresa Altos de Unzué SA que, tras años de litigio legal, fue encontrada culpable de daño ambiental por su proyecto inmobiliario y condenada a reparar este perjuicio a los humedales de Gualeguaychú.

Es así que el municipio constató que el día de la víspera, “a través de una inspección documentada fotográficamente”, pudo observar a “máquinas que han trabajado en el desvío del río Gualeguaychú, como así también los 5 metros de ancho que tiene la rotura de la costa que ingresa hasta una de las lagunas de Amarras”. Lo que refiere el municipio es que las supuestas tareas de remediación que la firma comenzó por cuenta propia, causaron una serie de intervenciones que en principio no tienen que ver con los propósitos por los que fue condenada.

“Le hemos pedido al juez que tome inmediata intervención, que ordene una recomposición inmediata del cauce de nuestro río y que además ordene la interrupción de cualquier tipo de obras que se estén llevando a cabo en este sentido y que personalmente tome medidas y ejecute acciones, aunque sea con el auxilio de la Fuerza Pública” expresaron en un escueto comunicado desde la dirección de Legal y Técnica del municipio en donde sostienen que el desvío del cauce del río Gualeguaychú realizado “por Altos de Unzué SA y el municipio de Pueblo Belgrano” y las obras en Amarras “incumplen el fallo de la Corte Suprema”.

Aberración

En diálogo con ERA Verde, Selva Chesini, abogada que integra el equipo que inició la demanda por los perjuicios del barrio privado, explicó que se llega a esta situación reciente a partir que el 7 de junio pasado, la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos aprueba un plan de recomposición ambiental propuesto por la empresa. Esto es luego que Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Entre Ríos la condenara a “recomponer el daño ambiental producido” por la construcción del barrio náutico en la comuna de Pueblo General Belgrano, a instancia de un tirón de orejas que recibió de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Pero resulta que el plan de remediación presentado por la consultora Bisa Barbagela SA en nombre de Altos de Enzué SA, no fue tramitado en el Juzgado Civil y Comercial Nº 3 de Gualeguaychú, a cargo de Ricardo Javier Mudrovici, quien debe monitorear el cumplimiento de la manda judicial.

“La secretaría de Ambiente anunció en los medios que había aprobado un plan de remediación presentado por la empresa. Entonces nosotros comenzamos a exigir que se lo presentaran en el expediente y sea aprobado ahí. A todo esto, manifiestan que iban a comenzar la ejecución de plan en Plena Feria Judicial. Entonces presentamos escritos solicitando medidas de no innovar en el predio. Pero arrancaron igual”, contó la abogada para explicar el porqué solicitaron frenar estas obras. Pero la cuestión se aletargó en Tribunales. “El juez se demoró, como sabemos que es todo esto; nosotros pedimos habilitación de días y horas hábiles (para que se expida). Pero bueno, el 4 de agosto el juez decreta la medida de no innovar, y ya hacía una semana que estaban trabajando. Como estas medidas ellos ya conocen que tienen un tiempito hasta ser notificados, continúan trabajando hasta el lunes (7 de agosto) o martes (8 de agosto), y entendemos que estaban apurados para hacer esto (abrir un canal de donde se emplaza el country fluvial al río Gualeguaychú). No sabemos exactamente cuándo lograron abrir esto, pero seguramente estaban trabajando para esto, y lograron abrir el canal. Entiendo que ahora han frenado, pero no lo sé”, admitió la letrada.

Camino judicial

Antes que sucediera todo lo que acaeció esta semana, en 2022, el juez civil de Gualeguaychú, Ricardo Javier Mudrovici, había resuelto una multa de $200 mil diarios a pagar en forma conjunta por el Gobierno de Entre Ríos, a la Municipalidad de Pueblo Belgrano –que gobierna Mauricio «Palito» Davico–, y a la firma Altos de Unzué SA por incumplir una orden judicial que ordenó desmantelar el barrio privado Amarras. El country se había comenzado a construir sin un estudio de impacto ambiental, y en consecuencia se resolvió reparar el daño que se había producido. La multa, luego, fue dejada sin efecto por otro fallo que dictó el Superior Tribunal de Justicia (STJ).

De igual modo, quedó firme la orden de desmantelar el barrio privado Amarras, que generó un pleito que llegó hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación. En una resolución que causó conmoción e hizo mella en los magistrados del Superior entrerrianos, en 2019, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) hizo lugar al recurso de queja interpuesto por Julio Jesús Majul, con la representación del abogado Mariano Aguilar, y declaró «formalmente procedente el recurso extraordinario» presentado en el marco de un amparo ambiental que rechazaba la instalación del barrio privado Amarras, un proyecto que divide a dos municipios, Gualeguaychú y Pueblo Belgrano.

Antes, en 2016, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Entre Ríos había rechazado un recurso extraordinario interpuesto por parte del colectivo de organizaciones ambientales y sociales de Gualeguaychú que acompañaron el recurso de amparo promovido por el vecino Julio Majul, con el acompañamiento legal de Chesini, contra la instalación del barrio privado Amarras. En primera instancia, la Justicia del sur provincial ya había dictaminado que Amarras avanzó con su proyecto sin contar con el visto bueno de las autoridades de Medioambiente de la Provincia.

Así las cosas, con la sentencia firme que ordenó el desmantelamiento restaba establecer de qué modo Altos de Unzué SA reparaba el daño ambiental producido con su emprendimiento inmobiliario ejecutado fuera de la legislación.

En Tribunales, la última novedad trascendió el pasado viernes 4 de agosto, el juez Mudrovici volvió a emitir una resolución –de admisión de la medida de no innovar– sobre un caso que lleva años tramitándose.

El magistrado hizo lugar, “bajo la exclusiva responsabilidad de las peticionantes, a la solicitud de medida cautelar interesada por la parte actora (el exlegislador Julio Majul, NdelR) y por la Municipalidad de Gualeguaychú, disponiendo la prohibición de innovar por parte de los demandados respecto de la situación de hecho en el inmueble de propiedad de Altos de Unzué S.A. que se denomina proyecto  Amarras del Gualeguaychú, prohibiendo y suspendiendo cualquier tipo de obras, modificaciones o trabajos en el predio hasta tanto se autorice judicialmente un plan de recomposición del ambiente”.

También hizo lugar “a la solicitud de designación de peritos para que se expidan sobre la viabilidad del plan de recomposición ambiental presentado por Altos de Unzué S.A. en sede administrativa, para lo cual la parte actora y la Municipalidad de Gualeguaychú deberán indicar la especialización que han de tener los mismos y proponer puntos de pericia, dentro del plazo de cinco días, de lo que, en su caso, se correrá traslado a las contrarias para que también propongan puntos de pericia u observen la procedencia de los ofrecidos, pudiendo las partes designar los consultores técnicos respectivos”.

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